El pleno del Congreso de los Diputados acogerá el próximo martes el debate de la proposición de ley relativa a la publicidad de prestaciones y actividades sanitarias, en las que se recogen algunas de las reclamaciones que han manifestado diversos colegios profesionales ante lo que han calificado directamente de publicidad engañosa.
La iniciativa, que persigue que toda la información sobre productos y bienes sanitarios “sea exacta y verídica”, abre la puerta en su artículo décimo, sobre inspección y control, a que “los Colegios Profesionales y Consejos Profesionales, en el ámbito de sus competencias, podrán participar y colaborar en el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley”.
El papel colegial será el segundo paso de los dos previstos. Primero, deberán recibir autorización previa por parte de la administración competente, que tendrá un plazo de dos meses para dictar una resolución y posteriormente, los colegios podrán recibir los materiales y emitir su opinión en un plazo de 20 días.
La norma, según se explica en su justificación es dar claridad a un ordenamiento jurídico actual en el que existe “una enorme dispersión normativa”, que en determinados casos “induce a error y genera inseguridad jurídica”, así como “un sistema de control muy laxo o cuasi inexistente, el cual no otorga a los pacientes o usuarios la protección esperada, y en el que quedan diluidas y poco delimitadas las competencias de cada una de las Administraciones”.
La norma se lleva a debate, prácticamente dos años después de su redacción, y en un contexto en el que los profesionales sanitarios están demandado una urgente necesidad de regulación. El pasado mes de diciembre, los Consejos Generales de Dentistas, Farmacéuticos, Médicos y Veterinarios redactaron un manifiesto en el que alertaba tanto de la promoción de determinados establecimientos que carecen de las debidas autorizaciones, como del papel de algunos ‘influencers’ que a través de las redes sociales hacen publicidad de productos y medicamentos que requieren legalmente de prescripción.
La proposición de ley a debatir también declara “expresamente prohibido” a los profesionales sanitarios (y a sus asociaciones o corporaciones) “amparar ningún tipo de promoción comercial o publicidad dirigida al público en que, con su nombre o profesión, respalden utilidades preventivas, terapéuticas, de rehabilitación o cualquier otra finalidad sanitaria". La figura del sanitario no se usará como aval que garantice la efectividad de ningún producto.
Igualmente la proposición incluye que toda publicidad de actividades sanitarias requiera de autorización previa, y que la de prestaciones sanitarias, destinada a profesionales sanitarios, se someta a control por parte de la Administración con las valoraciones de las organizaciones colegiales sanitarias. La autorización administrativa para la publicidad destinada al público, tendrá una validez de 5 años, máximo.
Por su parte, la publicidad sanitaria destinada a profesionales, deberá contar con información técnico-científica para que los destinatarios puedan juzgar los servicios prestados.
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