Los técnicos sanitarios se quedan sin estatutos colegiales por orden judicial

Los técnicos sanitarios se quedan sin estatutos colegiales por orden judicial

La Conselleria de Justicia cumple así el fallo del Tribunal Supremo que anuló el documento en julio

10.03.2017 | 08:49

Los técnicos superiores sanitarios -categoría que engloba a los técnicos de laboratorio o de radiodiagnóstico,entre otros- están desde el pasado mes de diciembre con los estatutos de su colegio profesional anulados por orden judicial. La situación es consecuencia directa de la batalla judicial que los enfermeros ganaron el pasado mes de julio en el Tribunal Supremo contra los técnicos superiores sanitarios ya que entendían que los estatutos de este colegio profesional reconocían de forma directa competencias profesionales a los técnicos que, hasta ahora, están en manos de la Enfermería.

Tanto el sindicato Satse como el Consejo de Enfermería de la Comunitat Valenciana, Cecova, recurrieron la resolución de la Dirección General de Justicia por la que se publicaron los estatutos (en junio de 2010) y, tras un periplo de seis años en los tribunales, el Supremo les dio la razón a ambos colectivos, anulando tanto los artículos 18 y 20 de los estatutos de los técnicos superiores sanitarios como la resolución en sí que los aprobaba,en el caso del fallo del Satse.

Desde julio de 216 cuando se pronunciaron ambas sentencias, el sindicato Satse ha solicitado, sin embargo al Tribunal Superior de Justicia, que se ejecute la sentencia y la Dirección General de Justicia así lo hizo el 12 de diciembre inscribiendo el fallo judicial en el registro de los colegios oficiales y, por tanto, dando por anulado su registro.


«Capaces» de extraer sangre

En los estatutos se explicitaban todas las tareas para las que, en principio, están capacitados estos técnicos formados en la Formación Profesional pero lo hacía bajo el epígrafe «ejercicio profesional» lo que, a juicio del sindicato Satse les avalaba para ejercer esas tareas que chocaban con su ejercicio profesional.

Así, por ejemplo, en el artículo 20 de los estatutos publicados en su día se recogía el «perfil profesional» de cada uno de los técnicos. En el epígrafe que recogía el ejercicio profesional de los técnicos de laboratorio se aseguraba que eran capaces de realizar «toma de muestras», entre ellas «Recoger, identificar, obtener y extraer muestras biológicas humanas, incluida la sangre, para su posterior análisis».

De igual forma, los técnicos superiores en imagen para el diagnóstico tenían «reconocido» en el mismo artículo 20 la posibilidad de extraer también sangre o administrar por vía endovenosa el contraste necesario para ciertas pruebas de imagen.

«Para nosotros es un reconocimiento a nuestras funciones», valoró Mª Luz Gascó, secretaria autonómica de Satse sobre la sentencia del Supremo, al tiempo que aplaudió que los tribunales les hubieran dado la razón y hubieran cortado los «intentos de este colectivo por arrogarse competencias que no les corresponden».

 

Fuente: http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2017/03/10/tecnicos-sanitarios-quedan-estatutos-colegiales/1539225.html

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