POR EXPANSIÓN.COM
Actualizado: 01/04/201621:16 horas
Los contribuyentes pueden deducirse en su declaración el 20% de las cuotas que han pagado a los sindicatos y los colegios profesionales. A continuación, le explicamos cómo hacerlo en la nueva aplicación Renta Web.
La campaña de la Renta 2015 arranca el próximo 6 de abril y, como cada año, Expansión le ayuda resuelve todas sus dudas a través de una cobertura especial, que incluye las novedades, dudas frecuentes y un consultorio activo hasta el 30 de junio.
Hoy abordamos una de las deducciones que puede aplicar a su declaración: las cuotas sindicales, que se consideran como gastos deducibles que restan de la base imponible hasta un 20% de dichas aportaciones.
El contribuyente también se puede deducir las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria y con un máximo de 500 euros anuales).
Las cantidades aportadas a estos fines deberán introducirse en las casillas 12 y 13 de su declaración como parte del apartado "Rendimientos del trabajo".
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