La CNMC propone mejoras en transparencia, publicidad o acceso a la profesión en el nuevo Código Deontológico de enfermería

La CNMC propone mejoras en transparencia, publicidad o acceso a la profesión en el nuevo Código Deontológico de enfermería

Sector: Nota de prensa

Ámbito CNMC: Promoción de Competencia

El análisis de la CNMC se centra en el test de proporcionalidad que se aplica a las nuevas regulaciones profesionales.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado la propuesta de Código Ético y Deontológico de la Enfermera Española, elaborada por el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España (INF/CNMC/018/26). 

La propuesta sustituirá al Código Deontológico de la Enfermería Española, vigente desde 1989 (y reformado en 1998).

Qué analiza la CNMC

La CNMC evalúa este tipo de normas para comprobar que no introduzcan restricciones innecesarias al acceso o al ejercicio de la profesión (de acuerdo con el Real Decreto 472/2021, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2018/958, relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones).

El objetivo del test de proporcionalidad es claro: cualquier limitación debe estar justificada por una razón de interés general y ser la menos restrictiva posible.

Recomendaciones de la CNMC

La CNMC considera que la mayoría de las disposiciones de la propuesta de Código Ético y Deontológico tienen un carácter ético-asistencial y se refieren a la conducta profesional respecto a los pacientes, pero recuerda que el código debe respetar las libertades de establecimiento y de libre prestación de servicios en la UE, así como los principios de buena regulación. Así, el informe recomienda:

  • Acceso a la profesión: la CNMC señala que la colegiación obligatoria constituye una barrera que sólo puede ser impuesta por una norma con rango de ley estatal. Al no existir actualmente una norma expresa que imponga esta obligación para esta profesión, la CNMC recomienda añadir siempre la mención "siempre que lo exija una norma con rango de ley".
  • Honorarios profesionales: reformular las referencias a honorarios “dignos, justos y proporcionados”, ya que podrían fomentar una alineación de precios contraria a la competencia. Recomienda enfatizar expresamente la libertad de fijación de precios conforme a la normativa de defensa de la competencia.
  • Publicidad y competencia desleal. Las limitaciones en estos ámbitos deben ajustarse estrictamente a la legislación vigente, sin añadir restricciones adicionales que excedan lo previsto en la Ley 3/1991, de Competencia Desleal y en la Ley 2/1974, sobre Colegios Profesionales.
  • Transparencia: solicita más transparencia sobre las aportaciones discrepantes recibidas durante el proceso de consulta pública y recomienda establecer mecanismos claros para revisar la proporcionalidad del código de manera continua cada cinco años. 

Fuente: https://www.cnmc.es/prensa/codigo-deontologico-enfermeria-20260414 

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