22·10·22 | 22:30
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Los colegios profesionales permite a sus colegiados, y a la ciudadanía, ejercer sus derechos con mayores garantías.
Un colegio profesional es una corporación de derecho público. Esto quiere decir que es una institución especial porque por su naturaleza ejerce funciones públicas y privadas y se sitúa entre la administración, los colegiados y los ciudadanos.
En ocasiones se les confunde con las asociaciones, los sindicatos, fundaciones, grupos profesionales… Pero, aunque tengan algunas de las características de estos, no lo son. Entre sus fines destacamos:
En su organización cada colegio se agrupa preceptivamente con aquellos de su misma profesión por medio de los Consejos Generales, bien de ámbito autonómico o bien del conjunto de España.
Y también existen las uniones de los distintos colegios, como por ejemplo la UPA (provincia de Alicante), en este caso entre los diversos colegios de una provincia o comunidad autónoma.
La razón de su creación radica en que lleven a cabo un control independiente e imparcial de la actividad profesional, de modo que permita a la ciudadanía ejercer sus derechos con mayores garantías.
Y esto es más que necesario en profesiones cuya actividad afecta a la salud y seguridad, al conjunto de servicios de interés general, al patrimonio y la preservación del medio ambiente, de modo que quienes ejercen en estos ámbitos han de estar sujetos a un mínimo de requisitos, regulados por el código deontológico respectivo, garantizando así la más alta calidad de los servicios profesionales.
Las profesiones colegiadas guardan estrecha relación con aquellas actividades que tienen un marcado carácter intelectual, que requieren una cualificación de nivel alto y que están sometidas a una reglamentación profesional precisa y estricta.
En su ejercicio es especialmente importante una gran autonomía en el cumplimiento de los actos profesionales, siempre sometidos a la normativa del código deontológico. Cobran valor así aspectos como la independencia de criterio profesional o autonomía facultativa, la responsabilidad del profesional y el control del ejercicio profesional.
UP es la asociación estatal de 37 Consejos Generales de colegios profesionales. Aglutina, a su vez, unos 1.000 colegios y 1.500.000 de profesionales colegiados. Constituida en 1980, formula estos fines principales:
Coordinar las actuaciones en temas de interés común de las profesiones, defender los valores propios de las profesiones, promover su perfeccionamiento, facilitar una labor de orientación social apoyada en los conocimientos técnicos de las respectivas profesiones, o promover servicios asistenciales.
Fuente: Conoce en 5 pasos la esencia de los colegios profesionales - Información (informacion.es)
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