La mediación urgente ante conflictos actuales

 

 

 

Está predictibilidad es imprescindible, sobre todo, en temas que afectan a la economía del país y a una gran colectividad de ciudadanos, como suele ocurrir con los que se dictan en materia de banca, temas de familia o, en general, temas económicos. La seguridad jurídica a la hora de resolver es una pieza esencial del Estado de Derecho porque fija criterio para saber cuál va a ser la respuesta judicial. Ahora bien, esta fijación de criterios debería servir, también, para fomentar las formas alternativas de solución de conflictos y buscar canales que potencien, e incluso obliguen, a recurrir a vías alternativas como la mediación.

 

La forma de reducir los retrasos en la solución de los litigios judiciales tiene un cauce adecuado en contar con profesionales que trabajen desde la mediación extrajudicial o intrajudicial para derivar el caso a la mediación en muchos supuestos, dejando la confrontación para el resto donde no hay clara fijación de criterio. Pero para que ello sea posible y viable hay que dar un empujón legislativo y de protocolización desde todos los operadores legales, judiciales y de la propia Administración. Porque la inversión en mediación en la respuesta es más rápida y es mejor, porque concilia los intereses de las partes en conflicto, y evita la confrontación. Sobre todo, si el criterio existe, se ha adoptado y se conoce, tal y como se está haciendo en la actualidad con la conformación de una doctrina uniforme que se va acomodando a la casuística que presentan los escenarios posibles en los múltiples supuestos que llegan a los tribunales de justicia.

Si la mediación no ha terminado de arrancar en nuestro país es por varias circunstancias, pero no precisamente porque los profesionales y los colegios profesionales no hayan hecho los deberes. Porque lo han hecho y de sobra. Contamos con muchos colegios que han realizado los cursos de habilitación legal para la obtención de la titulación necesaria para ser mediador y tenemos, por ello, mediadores formados que cuentan con despachos profesionales para ofrecer a los ciudadanos sus servicios para llevar a cabo la mediación cuando los letrados de las partes los deriven a la oficina de un mediador cualificado. Y los tribunales están fijando los criterios para ayudar a la mediación cuando se llega a la respuesta concreta para un caso determinado. Y, además, incluso variando la misma y avanzando en el criterio en la medida en la que la casuística va llegando a los órganos judiciales encargados de fijar esos criterios.

Por ello, la respuesta no debe ser solo gastar fondos económicos en crear más órganos judiciales, sino en darle salida por la mediación extrajudicial, y si se judicializa el caso, por la intrajudicial, ya que es más económico, más rápido y más eficaz y, por ello, eficiente. Porque no podemos pensar que la conflictividad en la ciudadanía requiere solo de más medios, sino de soluciones más eficaces que resulten, a su vez, más económicas y que permitan actuar en el campo del trabajo a los profesionales que se han formado en el trabajo de mediador. ¿Para qué, si no, se aprobó una Ley de mediación y decretos que la desarrollaron para exigir un curso de 100 horas que siguieron muchos colegios profesionales? Por ello, la Administración debe poner el cauce para que, por ejemplo, por la idea de la derivación a la mediación obligatoria, sea preceptivo que antes de acudir a la vía judicial se tenga que haber acudido a un proceso de mediación. Pero no a la primera sesión, sino al desarrollo completo de una mediación en toda regla.

Es, pues, en este escenario donde la fijación de criterios ayuda a resolver el conflicto, pero desde el punto de vista extrajudicial. Y con esta vía ganan todos, porque todos consiguen una respuesta en la que creen y con la que están de acuerdo. Y más si se ha hecho el esfuerzo de fijar el criterio. Apostemos por acudir a la mediación, porque apostaremos por ahorrar dinero al país, y por obtener una forma ágil y colaborativa en resolver los conflictos de la ciudadanía.

 

Fuente: diarioinformacion.es

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