Nueva bronca entre colegios profesionales en la C. Valenciana, con los ingenieros técnicos industriales en la palestra. En este caso, no se trata de un agravio frente a los arquitectos a la hora de poder presentar proyectos frente a la administración ligados al derribo de edificios, certificar licencias de segunda ocupación de viviendas, certificados energéticos o por el visado de pisos antiguos, por citar varios ejemplos. Esta ocasión, el cabreo del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de la C. Valenciana (Cogiticova) se dirige a sus colegas del Colegio de Ingenieros Industriales (COIICV).

El desencadenante del conflicto es una carta que el decano de estos últimos, Salvador Puigdengolas, envió el pasado 16 de septiembre a la presidenta de los secretarios, interventores y tesoreros de los ayuntamientos de Valencia (Cosital). Básicamente, Puigdengolas refería que solo ellos, y no otros como los técnicos industriales, pueden opositar a las plazas de funcionarios de ingeniero industrial. «Exclusivamente», dice Puigdengolas, en negrita y subrayado.

La carta se justifica por «la confusión y controversia entre las profesiones técnicas reguladas» en el nuevo marco de titulaciones universitarias (proceso de Bolonia), «confusión que se ha trasladado a la sociedad y la administración» en los procesos de acceso a la función pública.

El Colegio Oficial de Ingenieros explica en su misiva que para disponer de la habilitación como profesión de ingeniero superior industrial se requiere el grado más el master en Ingeniería Industrial. «Las competencias profesionales de los ingenieros superiores industriales son generalistas para la realización de todo tipo de proyectos, informes, dictámenes, peritaciones, valoraciones, direcciones de obra, estudios de impacto ambiental, actas de inspección técnica de edificios, levantamientos topográficos, etc», viene a decir la carta.

Frente a esto, sigue el documento, para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico industrial el título requerido es únicamente el de grado, y «sus competencias quedan limitadas exclusivamente» a los trabajos comprendidos en la especialidad propia de cada titulación, es decir, electricidad, electrónica industrial, mecánica, química industrial o textil, «sin que se puedan realizar otros trabajos que excedan de esas competencias específicas», añade Puigdengolas citando la ley.

De este modo, concluye el decano de los ingenieros industriales, en cuanto al «acceso a la función pública, solo pueden optar a las plazas de ingeniero industrial, exclusivamente», quienes tengan título universitario de Ingeniero Industrial o Grado más el Máster de Ingeniería Industrial, sin que puedan personarse como opositores personas con títulos de Grados con cualquier otro título de Máster Universitario.

Eso sí, para las plazas de funcionario de ingeniero técnico industrial, pueden acceder los ingenieros técnicos industriales pero también las personas que tengan el título de ingeniero industrial o Grado más el máster, «puesto que la competencia profesional de un Ingeniero Industrial es superior y generalista».

«Menosprecio» en una carta

La carta, que habría circulado entre secretarios de ayuntamiento en la C. Valenciana, ha soliviantado a los ingenieros técnicos, sobre todo por el tono, que entienden que «menosprecia» a su colectivo. Tan es así, que el decano del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de la C. Valenciana (Cogiticova), José Luis Ginés, reclamó ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado, un organismo dependiente del Ministerio de Economía, señalando la existencia de obstáculos a su ejercicio de la actividad y violación de la libre competencia.

De hecho, tanto este organismo como la Comisión de Defensa de la Competencia (CNMC) han emitido sendos informes. El de la CNMC es especialmente contundente con la misiva: «En su carta, el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales pretende reservar a los ingenieros superiores el desarrollo de actividades profesionales o, al menos, expulsar a otros profesionales de las mismas, aunque también puedan estar capacitados para su desarrollo», apunta la Comisión.

«Una limitación genérica, como la que el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales propone en su interpretación, constituye una abierta infracción del principio de necesidad y proporcionalidad porque la determinación de qué técnicos serán competentes en cada caso será una cuestión que dependerá del trabajo a realizar», añade.

Por su parte, el informe de la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado incorpora el compromiso del Colegio de Ingenieros Industriales de que las posibles futuras actuaciones de información dirigidas a los empleados de las administraciones públicas en defensa de los intereses de sus colegiados «se centrarán exclusivamente en comunicar o difundir las capacidades de sus propios profesionales».