Competencia 'carga' de nuevo contra los procuradores

 

 

De ahí que, a su juicio, debería barajarse "la posibilidad de representarse sin intermediarios", pues ello permitiría, en su opinión, "reducir costes a empresas y particulares y favorecería la competencia y la eficiencia".

 

También se refiere el informe de la CNMC a los abogados dedicados al asesoramiento y al consejo jurídico -es decir, aquellos que no actúan ante tribunales-. En este sentido, señala el dictamen que "profesionales o asesores jurídicos podrían prestar estos servicios sin estar colegiados ni de tener la condición de abogado, a diferencia de lo que ocurre con las actividades que tradicionalmente realizan los abogados, como son la dirección y defensa en los procesos".

 

Por ello, recomienda concretar estos aspectos en la futura LOPJ "para no extender la reserva de actividad indebidamente y reducir injustificadamente la competencia". Igualmente, en opinión de la Comisión debería replantearse, con carácter general, "la obligatoriedad de colegiación en los casos de aquellos profesionales (fundamentalmente abogados) que prestan sus servicios exclusivamente para las Administraciones Públicas".

 

Además, considera que sería favorable para la competencia que el texto del Anteproyecto recogiese la posibilidad de que los abogados y los procuradores pudieran ejercer simultáneamente ambas profesiones, sin necesidad además de estar colegiados en ambos Colegios profesionales sino solo en uno, tal y como defiende el Ministerio de Economía en su polémico borrador de Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales. Ahora bien, la Comisión recomienda no incluir en la futura LOPJ las obligaciones de colegiación para abogados y procuradores.

 

En lo que respecta a los graduados sociales, recuerda que el Anteproyecto establece que puedan ejercer la representación y también la defensa en juicio, aunque solo en los casos de jurisdicción social. A este respecto, la CNMC sugiere "que se valoren, a partir de los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación, los motivos para no ampliar sus facultades, en especial en lo referente a la representación, a otras jurisdicciones".

 

Trato discriminatorio

 

La CNMC advierte, por último, de la "posible barrera de acceso" a la Justicia y "trato discriminatorio" que supone tener que constituir un depósito en diferentes supuestos, compatible además con las tasas exigidas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

 

Recuerda que, en la práctica, el Ministerio Fiscal y las Administraciones Públicas, incluyendo sus entidades públicas dependientes, están exentas de constituir ese depósito. Teniendo en cuenta que algunas entidades públicas pueden competir con operadores privados en diversos mercados, la CNMC solicita que se evalúe, en este supuesto, la necesidad y proporcionalidad de mantener esta exención.

 

Fuente: http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/6221025/11/14/Competencia-carga-de-nuevo-contra-los-procuradores.html#.Kku8exmPoNYWIcL

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