Economía.- La CNMC solicita eliminar la exigencia de colegiación obligatoria para ejercer de administrador de fincas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha solicitado que se elimine la exigencia indirecta de colegiación obligatoria para ejercer la profesión de administrador de fincas.

Así lo ha pedido en su Informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Profesionales de Administradores de Fincas y su Consejo Superior, publicado este jueves.

En el informe, la Comisión recuerda que el acceso a una profesión y su ejercicio "solo puede limitarse con carácter excepcional y basado en los principios de necesidad y proporcionalidad por una norma con rango de Ley", una situación que "no se da en el caso de los administradores de fincas".

Por otra parte, la CNMC considera "injustificado" que para acceder a esta profesión se exija como requisito un título oficial universitario de grado en cuyo plan de estudios se incluyan conocimientos directamente relacionados con la administración de fincas. Para la institución, esta medida "supone una restricción no justificada en su necesidad y proporcionalidad y supone limitar la actividad a un número injustificadamente reducido de operadores".

En cuanto a la actividad de peritaje, incluida en los Estatutos, la CNMC recomienda evitar plantear la reserva de la actividad de pericia exclusivamente a los colegiados y que puedan ser incluidos otros profesionales, técnicos competentes habilitados para hacerlo, ya que "no existe amparo legal para ello".

Finalmente, la CNMC recomienda evitar que los conceptos de 'intrusimo' y 'competencia desleal' "sirvan, incorrectamente, para restringir el acceso a la actividad de administrador de fincas, una profesión no regulada y de libre acceso".

El regulador recuerda que "se debe extremar la cautela" en la regulación de la función genérica del Colegio Profesional "cuando se alude a 'adoptar medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional y a procurar la armonía y colaboración entre colegiados'". "Ambos conceptos no pueden amparar obviamente actos susceptibles de infringir la normativa de defensa de la competencia", ha indicado.

En opinión de la CNMC, estas restricciones reducen la oferta de servicios, limitan los incentivos de los profesionales a prestar servicios innovadores y de mayor calidad, incrementan los precios y facilitan la aparición de prácticas anticompetitivas que perjudican la competencia y el interés general.

 

Fuente: http://www.eleconomista.es/economia/noticias/7474862/04/16/Economia-La-CNMC-solicita-eliminar-la-exigencia-de-colegiacion-obligatoria-para-ejercer-de-administrador-de-fincas.html

 

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